jueves, 31 de octubre de 2019

LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

La reforma constitucional de 1994, en su artículo 75, inciso 17, "reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos" así como "la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan".
Se "garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural" ... y "su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten".
Ya la ley 23.302, de 1985, conocida como ley De La Rúa por el nombre de su autor, en su artículo 2 "reconoce la personería jurídica a las comunidades indígenas radicadas en el país", entendiendo "como comunidades indígenas a los conjuntos de familias que se reconozcan como tales por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización, e indígenas o indios a los miembros de dicha comunidad"; definición a la que corresponde agregar …"o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas" tal como lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, del año 1989, aprobado por ley 24.071 de 1972 y ratificado en abril de 2000 por el gobierno nacional.
La Constitución reformada en 1994 crea un sujeto colectivo de derecho, la Comunidad Indígena, la que debe ser administrativamente acreditada. La personería jurídica de las comunidades indígenas constituye un sujeto de derecho nuevo. Se trata de una entidad colectiva que le otorga a las comunidades la facultad de adquirir derechos y contraer obligaciones en el marco de sus propios valores y costumbres, del mantenimiento de sus instituciones y formas de organización social, cultural y económica. Establece el derecho a la propiedad comunitaria de la tierra que ocupan tradicionalmente. Respecto a ello, el Convenio 169 establece que "los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión"… y agrega "deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados".
Del análisis precedente se desprende que las comunidades tienen existencia histórica, carácter permanente y no circunstancial, localizaciones determinadas, y no pueden ser creadas ni responder a propósitos ajenos a la existencia real de un colectivo humano reconocido. Las comunidades se asientan tradicionalmente sobre las tierras a las que tienen derecho, y "ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos", según se establece en el artículo 75, inciso 17.
Este artículo constitucional fue uno de los dos únicos aprobados por unanimidad, con un voto emotivo emitido en compañía de múltiples representantes de comunidades de las etnias de todo el país, que constituyo un acto de reivindicación histórica y un abrazo cultural en la diversidad que constituye nuestra nacionalidad.
Estuvieron representados los pueblos Pilagá, Wichi, Toba, Mocoví, Guaraní, Kolla, Calchaquí, Huarpe, Chañé, Tapieté, Chorote, Mapuche, Rankuche, Tehuelche y Ona.
La mayoría de las comunidades que componen dichas etnias todavía hoy siguen esperando la titularización de las tierras que ocupan tradicionalmente, condición esta última que fundamenta su derecho y el justo reclamo que ejercen de manera pacífica y que está enormemente demorado. La ley 21.160 de 2006 que establece la realización del relevamiento de las comunidades existentes, que debieran ser correctamente identificadas, así como las tierras que ocupan tradicionalmente, la delimitación y el establecimiento del estatus jurídico de las mismas que posibiliten su titularización, ha sido reiteradamente prorrogada desde entonces frente a la falta de efectividad en el establecimiento de tales requisitos para saldar esa deuda pendiente. Es necesario tomar con responsabilidad técnica y en los menores tiempos posibles el cumplimiento de la norma.
Este es el escenario en el que se desarrolló este cuerpo normativo, avanzado en la materia, pero con un proceso estancado que hay que poner en marcha luego de años de inacción y hasta de desconsideración y vejámenes hacia quienes reivindican sus derechos.
Existe otro escenario: el de falsos demandantes, usurpación de tierras ajenas, reclamos ilegítimos y violencia criminal ante los cuales el Estado debe actuar con la ley en la legítima e imprescriptible defensa del estado de derecho, la seguridad ciudadana y la paz social.
Fuente: Telam, 10 /12/2017

sábado, 14 de septiembre de 2019

SOBRE EL ENSAYO


QUÉ EVALUAR DEL ENSAYO
Coherencia general(2)
Calidad en la Argumentación(2)
Vocabulario específico (1)
Calidad narrativa y ortografía (2)
Título y su relación con el contenido (2)
Bibliografía utilizada (0.50)
Formato protocolar (0.50)

miércoles, 11 de septiembre de 2019

ALGO DE ACTUALIDAD QUE AYUDE AL ANÁLISIS


¿Cuáles son los países de América cuyas economías más dependen de Estados Unidos?
Luis Fajardo. BBC Mundo(10 abril 2018)
Para muchas de las delegaciones de 34 países que estarán presentes en la Cumbre de las Américas en Lima, una parte central del atractivo de este evento, lo que lo distingue de otras reuniones presidenciales, era la oportunidad de tener acceso a Donald Trump.
Sin embargo, el presidente de Estados Unidos anunció este martes que no asistirá al encuentro hemisférico ni realizará su visita posterior a Colombia. Lo reemplazará el vicepresidente Mike Pence.
Aun así, todas las naciones de la región tienen intereses que cuidar en sus relaciones con Washington, si bien algunas exhiben una dependencia económica mayor que otras con la potencia norteamericana.
BBC Mundo examinó algunos indicadores que muestran qué tan importante es EE.UU. en su salud económica. Ello puede dar una indicación de qué tan esencial es para ellos mantener buenas relaciones con el polémico mandatario estadounidense.

El gran socio comercial

Muchas naciones de la región han hecho esfuerzos deliberados en las últimas décadas por tener mercados distintos a EE.UU. Algunos han tenido más éxito que otros.
Hay todavía varias naciones que dependen enormemente del mercado estadounidense.
En el hemisferio, la nación más dependiente de EE.UU. para sus exportaciones es Haití, que vende 83% de su producción a ese país, según datos del Observatory of Economic Complexity (OEC) del Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT, por su sigla en inglés).

¿Es realmente el presidente de Estados Unidos la persona más poderosa del mundo?

No es mucha sorpresa que las dos naciones que le sigan son México y Canadá, con 82% y 81% de sus ventas a Estados Unidos.
Los integrantes del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA: North American Free Trade Agreement) han rediseñado su economía para satisfacer ese mercado compartido.Y por eso, para Canadá y particularmente para México, las amenazas de Trump de cancelar el NAFTA se sienten con especial preocupación.

Los países del continente que más dependen de Estados Unidos para sus exportaciones

1 Haití (83% de sus exportaciones)

2 México (81% de sus exportaciones)
3 Canadá (76% de sus exportaciones)
4 Honduras (58% de sus exportaciones)
(Fuente: Observatory of Economic Complexity, MIT)
En el otro lado del espectro, hay países en la región que poco o nada dependen de Estados Unidos para sus ventas. Paraguay apenas exporta el 1,7% de su producción a EE.UU., un porcentaje menor de lo que vende a Polonia. Un porcentaje similar de dependencia de sus exportaciones a EE.UU. exhibe la pequeña isla caribeña de Dominica, que tal vez no perderá tanto el sueño ante las amenazas de proteccionismo estadounidense, cuando apenas 2% de sus exportaciones se dirigen a ese país.
Y por supuesto, está el caso especial de Cuba, que desde la década de 1960 ha visto constreñidas sus exportaciones a EE.UU. por las leyes del embargo.

Ayuda
Evidentemente, el comercio no es la única dimensión en que se siente la influencia estadounidense en la región.

La ayuda militar de EE.UU.

US$203 millones
Paquete de ayuda militar a Colombia en año fiscal 2017
US$85 millones Ayuda de seguridad a México en año fiscal 2017.
Para algunos países, EE.UU. es una fuente crucial y estratégica de ayuda económica con fines militares o de seguridad.
Casi dos décadas después del comienzo del Plan Colombia, la nación andina sigue siendo el principal receptor de ayuda de seguridad estadounidense, con US$203 millones en el presupuesto de 2017.
México nuevamente está entre los principales beneficiarios, con US$85 millones.

Inversión

Otra dimensión crucial de la influencia estadounidense en la región, y de la dependencia que tienen muchos países frente al poder del país dirigido por Trump, viene dada por los flujos de inversión extranjera.

Los países del continente que reciben más inversión extranjera estadounidense

1 Canadá (US353.000 millones)
2 México (US$92.000 millones)
3 Brasil (US$65.000 nillones)
4 Chile (US$27.000 millones)
(Fuente: US Congressional Research Service)
Canadá es la nación americana que más recibe inversión extranjera directa de EE.UU.
El monto llegaba a US$352.000 millones, según datos del Servicio de Investigación Parlamentaria (Congressional Research Service) del gobierno estadounidense. El segundo lugar es, una vez más, para México, con US$92.000 millones.Y en el tercer lugar está Brasil, que tiene otros mercados importantes para sus exportaciones, pero en el campo de la inversión extranjera se ha beneficiado con la inyección de US$65.000 millones provenientes de empresas estadounidenses para montar fábricas, oficinas y otras operaciones en la nación sudamericana.

Muchas facetas

Las facetas de la dependencia del continente hacia Estados Unidos son múltiples.
Sin duda, entre las economías grandes de América Latina, la de México es la que más compenetrada está con EE.UU. Potencialmente tiene mucho que perder si no mantiene buenas relaciones con el gobierno de Trump.
Algunas naciones pequeñas como Haití muestran un grado de dependencia abrumador, mientras que otras naciones con economías de mediano tamaño como Colombia, dependen de Washington como una fuente de ayuda militar aunque sus mercados estén un poco más diversificados.
Una de las naciones que no asisten a la cumbre, Venezuela, probablemente depende más de la economía estadounidense que lo que sus líderes dan a entender en sus discursos.
Para Venezuela, Estados Unidos es el principal destino de sus exportaciones, en un 48% según los datos del OEC. Y las compras estadounidenses, esencialmente petroleras, todavía le representan a Venezuela una fuente crucial de dinero en efectivo.
Todo parece indicar que Nicolás Maduro tampoco estará presente en Lima para abogar por los intereses económicos de su país.
Para los que sí asistan, buscar una forma de mantener o entablar una buena relación con el gobierno de Trump, representado en la Cumbre de las Américas por Mike Pence, seguramente estará entre sus prioridades más urgentes si se toma en cuenta el peso que sigue manteniendo EE.UU. en el funcionamiento de la economía de todo el hemisferio.-

miércoles, 28 de agosto de 2019

TRATADO DE GUADALUPE HIDALGO (1848)




El Tratado de Guadalupe Hidalgo, firmado entre México y los Estados Unidos el 2 de febrero de 1848, al final de la Guerra de Intervención Norteamericana, estableció que México cediera a los norteamericanos casi la mitad de su territorio, que comprendía la totalidad de lo que hoy son los estados de California, Arizona, Nevada, Utah y parte de Colorado, Nuevo México y Wyoming. Como compensación, los Estados Unidos pagó 15 millones de dólares por daños al territorio mexicano durante la guerra. Entre los aspectos del tratado, se encuentran los siguientes: se estableció al Río Bravo del Norte o Río Grande como la línea divisoria entre Texas y México; se estipuló la protección de los derechos civiles y de propiedad de los mexicanos que permanecieron en el nuevo territorio estadounidense. Además, Estados Unidos aceptó patrullar su lado de la frontera, y los dos países aceptaron dirimir futuras disputas bajo arbitraje obligatorio.

LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

La reforma constitucional de 1994, en su artículo 75, inciso 17, "reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas ...