jueves, 31 de octubre de 2019

LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

La reforma constitucional de 1994, en su artículo 75, inciso 17, "reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos" así como "la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan".
Se "garantiza el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural" ... y "su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten".
Ya la ley 23.302, de 1985, conocida como ley De La Rúa por el nombre de su autor, en su artículo 2 "reconoce la personería jurídica a las comunidades indígenas radicadas en el país", entendiendo "como comunidades indígenas a los conjuntos de familias que se reconozcan como tales por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización, e indígenas o indios a los miembros de dicha comunidad"; definición a la que corresponde agregar …"o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas" tal como lo establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, del año 1989, aprobado por ley 24.071 de 1972 y ratificado en abril de 2000 por el gobierno nacional.
La Constitución reformada en 1994 crea un sujeto colectivo de derecho, la Comunidad Indígena, la que debe ser administrativamente acreditada. La personería jurídica de las comunidades indígenas constituye un sujeto de derecho nuevo. Se trata de una entidad colectiva que le otorga a las comunidades la facultad de adquirir derechos y contraer obligaciones en el marco de sus propios valores y costumbres, del mantenimiento de sus instituciones y formas de organización social, cultural y económica. Establece el derecho a la propiedad comunitaria de la tierra que ocupan tradicionalmente. Respecto a ello, el Convenio 169 establece que "los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión"… y agrega "deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados".
Del análisis precedente se desprende que las comunidades tienen existencia histórica, carácter permanente y no circunstancial, localizaciones determinadas, y no pueden ser creadas ni responder a propósitos ajenos a la existencia real de un colectivo humano reconocido. Las comunidades se asientan tradicionalmente sobre las tierras a las que tienen derecho, y "ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos", según se establece en el artículo 75, inciso 17.
Este artículo constitucional fue uno de los dos únicos aprobados por unanimidad, con un voto emotivo emitido en compañía de múltiples representantes de comunidades de las etnias de todo el país, que constituyo un acto de reivindicación histórica y un abrazo cultural en la diversidad que constituye nuestra nacionalidad.
Estuvieron representados los pueblos Pilagá, Wichi, Toba, Mocoví, Guaraní, Kolla, Calchaquí, Huarpe, Chañé, Tapieté, Chorote, Mapuche, Rankuche, Tehuelche y Ona.
La mayoría de las comunidades que componen dichas etnias todavía hoy siguen esperando la titularización de las tierras que ocupan tradicionalmente, condición esta última que fundamenta su derecho y el justo reclamo que ejercen de manera pacífica y que está enormemente demorado. La ley 21.160 de 2006 que establece la realización del relevamiento de las comunidades existentes, que debieran ser correctamente identificadas, así como las tierras que ocupan tradicionalmente, la delimitación y el establecimiento del estatus jurídico de las mismas que posibiliten su titularización, ha sido reiteradamente prorrogada desde entonces frente a la falta de efectividad en el establecimiento de tales requisitos para saldar esa deuda pendiente. Es necesario tomar con responsabilidad técnica y en los menores tiempos posibles el cumplimiento de la norma.
Este es el escenario en el que se desarrolló este cuerpo normativo, avanzado en la materia, pero con un proceso estancado que hay que poner en marcha luego de años de inacción y hasta de desconsideración y vejámenes hacia quienes reivindican sus derechos.
Existe otro escenario: el de falsos demandantes, usurpación de tierras ajenas, reclamos ilegítimos y violencia criminal ante los cuales el Estado debe actuar con la ley en la legítima e imprescriptible defensa del estado de derecho, la seguridad ciudadana y la paz social.
Fuente: Telam, 10 /12/2017

sábado, 14 de septiembre de 2019

SOBRE EL ENSAYO


QUÉ EVALUAR DEL ENSAYO
Coherencia general(2)
Calidad en la Argumentación(2)
Vocabulario específico (1)
Calidad narrativa y ortografía (2)
Título y su relación con el contenido (2)
Bibliografía utilizada (0.50)
Formato protocolar (0.50)

miércoles, 11 de septiembre de 2019

ALGO DE ACTUALIDAD QUE AYUDE AL ANÁLISIS


¿Cuáles son los países de América cuyas economías más dependen de Estados Unidos?
Luis Fajardo. BBC Mundo(10 abril 2018)
Para muchas de las delegaciones de 34 países que estarán presentes en la Cumbre de las Américas en Lima, una parte central del atractivo de este evento, lo que lo distingue de otras reuniones presidenciales, era la oportunidad de tener acceso a Donald Trump.
Sin embargo, el presidente de Estados Unidos anunció este martes que no asistirá al encuentro hemisférico ni realizará su visita posterior a Colombia. Lo reemplazará el vicepresidente Mike Pence.
Aun así, todas las naciones de la región tienen intereses que cuidar en sus relaciones con Washington, si bien algunas exhiben una dependencia económica mayor que otras con la potencia norteamericana.
BBC Mundo examinó algunos indicadores que muestran qué tan importante es EE.UU. en su salud económica. Ello puede dar una indicación de qué tan esencial es para ellos mantener buenas relaciones con el polémico mandatario estadounidense.

El gran socio comercial

Muchas naciones de la región han hecho esfuerzos deliberados en las últimas décadas por tener mercados distintos a EE.UU. Algunos han tenido más éxito que otros.
Hay todavía varias naciones que dependen enormemente del mercado estadounidense.
En el hemisferio, la nación más dependiente de EE.UU. para sus exportaciones es Haití, que vende 83% de su producción a ese país, según datos del Observatory of Economic Complexity (OEC) del Instituto de Tecnología de Massachusetts (MIT, por su sigla en inglés).

¿Es realmente el presidente de Estados Unidos la persona más poderosa del mundo?

No es mucha sorpresa que las dos naciones que le sigan son México y Canadá, con 82% y 81% de sus ventas a Estados Unidos.
Los integrantes del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA: North American Free Trade Agreement) han rediseñado su economía para satisfacer ese mercado compartido.Y por eso, para Canadá y particularmente para México, las amenazas de Trump de cancelar el NAFTA se sienten con especial preocupación.

Los países del continente que más dependen de Estados Unidos para sus exportaciones

1 Haití (83% de sus exportaciones)

2 México (81% de sus exportaciones)
3 Canadá (76% de sus exportaciones)
4 Honduras (58% de sus exportaciones)
(Fuente: Observatory of Economic Complexity, MIT)
En el otro lado del espectro, hay países en la región que poco o nada dependen de Estados Unidos para sus ventas. Paraguay apenas exporta el 1,7% de su producción a EE.UU., un porcentaje menor de lo que vende a Polonia. Un porcentaje similar de dependencia de sus exportaciones a EE.UU. exhibe la pequeña isla caribeña de Dominica, que tal vez no perderá tanto el sueño ante las amenazas de proteccionismo estadounidense, cuando apenas 2% de sus exportaciones se dirigen a ese país.
Y por supuesto, está el caso especial de Cuba, que desde la década de 1960 ha visto constreñidas sus exportaciones a EE.UU. por las leyes del embargo.

Ayuda
Evidentemente, el comercio no es la única dimensión en que se siente la influencia estadounidense en la región.

La ayuda militar de EE.UU.

US$203 millones
Paquete de ayuda militar a Colombia en año fiscal 2017
US$85 millones Ayuda de seguridad a México en año fiscal 2017.
Para algunos países, EE.UU. es una fuente crucial y estratégica de ayuda económica con fines militares o de seguridad.
Casi dos décadas después del comienzo del Plan Colombia, la nación andina sigue siendo el principal receptor de ayuda de seguridad estadounidense, con US$203 millones en el presupuesto de 2017.
México nuevamente está entre los principales beneficiarios, con US$85 millones.

Inversión

Otra dimensión crucial de la influencia estadounidense en la región, y de la dependencia que tienen muchos países frente al poder del país dirigido por Trump, viene dada por los flujos de inversión extranjera.

Los países del continente que reciben más inversión extranjera estadounidense

1 Canadá (US353.000 millones)
2 México (US$92.000 millones)
3 Brasil (US$65.000 nillones)
4 Chile (US$27.000 millones)
(Fuente: US Congressional Research Service)
Canadá es la nación americana que más recibe inversión extranjera directa de EE.UU.
El monto llegaba a US$352.000 millones, según datos del Servicio de Investigación Parlamentaria (Congressional Research Service) del gobierno estadounidense. El segundo lugar es, una vez más, para México, con US$92.000 millones.Y en el tercer lugar está Brasil, que tiene otros mercados importantes para sus exportaciones, pero en el campo de la inversión extranjera se ha beneficiado con la inyección de US$65.000 millones provenientes de empresas estadounidenses para montar fábricas, oficinas y otras operaciones en la nación sudamericana.

Muchas facetas

Las facetas de la dependencia del continente hacia Estados Unidos son múltiples.
Sin duda, entre las economías grandes de América Latina, la de México es la que más compenetrada está con EE.UU. Potencialmente tiene mucho que perder si no mantiene buenas relaciones con el gobierno de Trump.
Algunas naciones pequeñas como Haití muestran un grado de dependencia abrumador, mientras que otras naciones con economías de mediano tamaño como Colombia, dependen de Washington como una fuente de ayuda militar aunque sus mercados estén un poco más diversificados.
Una de las naciones que no asisten a la cumbre, Venezuela, probablemente depende más de la economía estadounidense que lo que sus líderes dan a entender en sus discursos.
Para Venezuela, Estados Unidos es el principal destino de sus exportaciones, en un 48% según los datos del OEC. Y las compras estadounidenses, esencialmente petroleras, todavía le representan a Venezuela una fuente crucial de dinero en efectivo.
Todo parece indicar que Nicolás Maduro tampoco estará presente en Lima para abogar por los intereses económicos de su país.
Para los que sí asistan, buscar una forma de mantener o entablar una buena relación con el gobierno de Trump, representado en la Cumbre de las Américas por Mike Pence, seguramente estará entre sus prioridades más urgentes si se toma en cuenta el peso que sigue manteniendo EE.UU. en el funcionamiento de la economía de todo el hemisferio.-

miércoles, 28 de agosto de 2019

TRATADO DE GUADALUPE HIDALGO (1848)




El Tratado de Guadalupe Hidalgo, firmado entre México y los Estados Unidos el 2 de febrero de 1848, al final de la Guerra de Intervención Norteamericana, estableció que México cediera a los norteamericanos casi la mitad de su territorio, que comprendía la totalidad de lo que hoy son los estados de California, Arizona, Nevada, Utah y parte de Colorado, Nuevo México y Wyoming. Como compensación, los Estados Unidos pagó 15 millones de dólares por daños al territorio mexicano durante la guerra. Entre los aspectos del tratado, se encuentran los siguientes: se estableció al Río Bravo del Norte o Río Grande como la línea divisoria entre Texas y México; se estipuló la protección de los derechos civiles y de propiedad de los mexicanos que permanecieron en el nuevo territorio estadounidense. Además, Estados Unidos aceptó patrullar su lado de la frontera, y los dos países aceptaron dirimir futuras disputas bajo arbitraje obligatorio.

Consecuencias territoriales del Tratado de Guadalupe Hidalgo (1848) México /Estados Unidos


RESOLUCIÓN 2065 SOBRE MALVINAS. ONU (1965)


jueves, 22 de agosto de 2019

Desarrollo de las inversiones británicas en Argentina. Siglo XIX


Tratado de Amistad, comercio y navegación con Gran Bretaña (1825)

Tratado de 1825 

Tratado de Amistad, Comercio y Navegación celebrado entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y Su Majestad Británica (1825) 

Febrero 2 de 1825 

Habiendo existido por muchos años un comercio extenso entre los dominios de Su Majestad Británica y los territorios de las Provincias Unidas del Río de la Plata, parece conveniente a la seguridad y fomento del mismo comercio, y en apoyo de una buena inteligencia entre Su Majestad y las expresadas Provincias Unidas, que sus relaciones ya existentes, sean formalmente reconocidas y confirmadas por medio de un tratado de amistad, comercio y navegación. 

Con este fin han nombrado sus respectivos Plenipotenciarios; a saber: 

S. M. el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda al Sr. Woodbine Parish, Cónsul General de S. M. en Buenos Aires; y las Provincias Unidas del Río de la Plata al Sr. Dr. Manuel J. García, Ministro Secretario en los departamentos de Gobierno, Hacienda y Relaciones Exteriores del Ejecutivo Nacional de las dichas Provincias.

Quienes habiendo canjeado sus respectivos plenos poderes, y hallándose estos extendidos en debida forma, han concluido y convenido en los artículos siguientes: 

Artículo 1º 

Habrá perpetua amistad entre los dominios y súbditos de S. M. el rey del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda y las Provincias Unidas del Río de la Plata y sus habitantes.

Artículo 2º 

Habrá entre todos los territorios de S. M. B. en Europa y los territorios de las Provincias Unidas del Río de la Plata una recíproca libertad de comercio. 

Los habitantes de los dos países gozarán respectivamente la franqueza de llegar segura y libremente con sus buques y cargas a todos aquellos parajes, puertos y ríos en los dichos territorios, a donde sea o pueda ser permitido a otros extranjeros llegar, entrar en los mismos y permanecer y residir en cualquiera parte de dichos territorios respectivamente.

También alquilar y ocupar casas y almacenes para los fines de su tráfico; y generalmente los comerciantes y traficantes de cada nación respectivamente, disfrutarán de la más completa protección y seguridad para su comercio siempre sujetos a las leyes y estatutos de los países respectivamente. 

Artículo 3º 

Su Majestad el Rey del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda se obliga además, a que en todos su dominios fuera de Europa los habitantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata tengan la misma libertad de comercio y navegación estipulada en el artículo anterior; con toda la extensión que en el día se permite o en adelante se permitiere a cualquier otra nación.

Artículo 4º

No se impondrán ningunos otros ni mayores derechos a la importación en los territorios de S. M. B., de cualquiera de los artículos de producción, cultivo o fabricación de las Provincias Unidas del Río de la Plata; y no se impondrán ningunos otros ni mayores derechos a la importación en la dichas Provincias Unidas de cualesquiera de los artículos de producción, cultivo o fabricación de los dominios de S. M. B. Que los que se paguen o en adelante se pagaren por los mismos artículos, siendo de producción, cultivo o fabricación de cualquiera otro país extranjero, ni tampoco se impondrán ningunos otros ni mayores derechos en los territorios o dominios de cada una de las partes contratantes a la extracción de cualquiera artículo en los territorios o dominios de la otra, de aquellos que se pagan o en adelante se pagaren, a la extracción de iguales artículos a cualquiera otro país extranjero, ni tampoco se impondrá prohibición alguna a la extracción o introducción de cualquiera de los artículos de producción, cultivo o fabricación de los dominios de S. M. B. o de las Provincia Unidas a ellas, o desde las dichas Provincias Unidas que no comprendieren igualmente a todas las otras naciones. 

Artículo 5º 

No se impondrá mayor ni alguna otra clase de derechos o cargas por razón de toneladas, fanal, puerto, pilotaje, salvamento, en caso de avería o naufragio, ni otro algún derecho local en cualquiera de los puertos de las dichas Provincias Unidas a los buques británicos de más de ciento veinte toneladas, que aquellos que se pagaren en los mismos puertos por los buques de las dichas Provincias Unidas del mismo porte; ni en los puertos de cualesquiera de los territorios de S. M. B. a los buques de las Provincias Unidas de más de ciento veinte toneladas, que aquellos que se pagaren en los mismos puertos por los buques británicos del mismo porte. 

Artículo 6º 

Los mismos derechos se pagarán a la introducción en las dichas Provincias Unidas de cualquier artículo de producción, cultivo o fabricación de los dominios de S. M. B.; ya se haga dicha introducción en buques de las Provincias Unidas o en buques británicos; y los mismos derechos se pagarán a la introducción en los dominios de S. M. B. de cualquier artículo de producción, cultivo o fabricación de las Provincias, ya sea que tal introducción se haga en buques británicos o en buques de las dichas Provincias Unidas. Los mismos derechos se pagarán y las mismas concesiones y gratificaciones por vía de reembolso de derechos se abonarán a la exportación de cualquiera artículos de producción, cultivo o fabricación de los dominios de S. M. B. a las Provincias Unidas, ya sea que la referida exportación se haga en buques de las dichas Provincias Unidas o en buques británicos; y los mismos derechos se pagarán y las mismas concesiones y gratificaciones, por vía de reembolso de derechos se abonarán a la exportación de cualquiera artículos de producción, cultivo o fabricación de las Provincias Unidas a los dominios de S. M. B., ya sea que la referida exportación se haga en buques de las dichas Provincias Unidas.

Artículo 7º 

Con el fin de evitar cualquiera mala inteligencia por lo tocante a los reglamentos que puedan respectivamente constituir un buque Británico o un buque de las dichas Provincias Unidas, se estipula por el presente que todos los buques construidos en los dominios de S. M. B. que sean poseídos, tripulados y matriculados con arreglo a las leyes de la Gran Bretaña, serán considerados como buques británicos; y que todos los buques construidos en los territorios de dichas Provincias debidamente matriculados y poseídos por los ciudadanos de las mismas, o cualquiera de ellos, y cuyo capitán y tres cuartas partes de las tripulaciones sean ciudadanos de las Provincias Unidas, serán considerados como buques de las dichas Provincias Unidas.

Artículo 8º 

Todo comerciante, comandante de buque y demás súbditos de S. M. B., tendrán en todos los territorios de las dichas Provincias Unidas la misma libertad que los naturales de ellos para manejar sus propios asuntos, o confiarlos al cuidado de quien quiera que gusten, en calidad de corredor, factor, agente o intérprete; ni se les obligará a emplear ninguna otra persona para dichos fines, ni pagarles salarios ni remuneración alguna, a menos que quieran emplearlos; concediéndose entera libertad en todos los casos, al comprador y vendedor para contratar y fijar el precio de cualquiera efecto, mercaderías o renglones de comercio que se introduzcan o extraigan de las dichas Provincias Unidas, como crean oportuno.

Artículo 9º 

En todo lo relativo a la carga y descarga de buques, seguridad de mercaderías, pertenencias y efectos, disposición de propiedades de toda clase, y denominación por venta, donación, cambio, o cualquier otro modo; como también a la administración de justicia, los súbditos y ciudadanos de las dos partes contratantes gozarán en sus respectivos dominios de los mismos privilegios, franquezas y derechos como la nación más favorecida, y por ninguno de dichos motivos se les exigirá mayores derechos o impuestos que los que se pagan, o en adelante se pagaren por los súbditos nacionales o ciudadanos de la potencia en cuyos dominios residieren: estarán exentos de todo servicio militar obligatorio, de cualquier clase que sea, terrestre o marítimo; y de todo empréstito forzoso, de exacciones o requisiciones militares; ni serán obligados a pagar ninguna contribución ordinaria, bajo pretexto alguno, mayor que los que pagaren los súbditos naturales o ciudadanos del país.

Artículo 10º 

Cada una de las partes contratantes está facultada a nombrar cónsules para la protección del comercio, que residan en los dominios y territorios de la otra; pero antes que ningún cónsul pueda ejercer sus funciones, deberá, en la forma acostumbrada, ser aprobado y admitido por el Gobierno cerca del cual haya sido enviado; y cada una de las partes contratantes podrá exceptuar de la residencia de cónsules aquellos puntos especiales que una u otra de ellas juzgue oportuno exceptuar. 

Artículo 11º 

Para la mayor seguridad del comercio entre los súbditos de S. M. B. y los habitantes de las Provincias Unidas del Río de la Plata se estipula que, en cualquier caso en que por desgracia aconteciese alguna interrupción de las amigables relaciones de comercio o un rompimiento entre las dos partes contratantes, los súbditos o ciudadanos de cada cual de las dos partes contratantes residentes en los dominios de la otra, tendrán el privilegio de permanecer y continuar su tráfico en ellos, sin interrupción alguna, en tanto que se condujeren con tranquilidad, y no quebrantasen las leyes de modo alguno, y sus efectos y propiedades, ya fueren confiados a particulares o al Estado, no estarán sujetas a embargo ni secuestro, ni a ninguna otra exacción que aquellas que puedan hacerse a igual clase de efectos o propiedades pertenecientes a los naturales habitantes del Estado en que dichos súbditos o ciudadanos residieren.

Artículo 12º 

Los súbditos de S. M. B. residentes en las Provincias Unidas del Río de la Plata no serán inquietados, perseguidos ni molestados por razón de su religión, más gozarán de una perfecta libertad de conciencia en ellas; celebrando el oficio divino, ya dentro sus propias casas, o en sus propias y particulares iglesias o capillas, las que estarán facultadas para edificar y mantener en los sitios convenientes, que sean aprobados por el Gobierno de dichas Provincias Unidas: también será permitido enterrar a los súbditos de S. M. B. que murieren en los territorios de dichas Provincias Unidas, en sus propios cementerios, que podrán del mismo modo libremente establecer y mantener.

Asimismo los ciudadanos de las dichas Provincias Unidas gozarán en todos los dominios de S. M. B. de una perfecta e ilimitada libertad de conciencia, y del ejercicio de su religión pública o privadamente, en las casas de su morada, o en las capillas y sitios de culto destinados para el dicho fin, en conformidad con el sistema de tolerancia establecido en los dominios de S. M. 

Artículo 13º 

Los súbditos de S. M. B. residentes en las Provincias Unidas del Río de la Plata, tendrán el derecho de disponer libremente de sus propiedades de toda clase, en la forma que quisieren, o por testamento, según lo tengan por conveniente; y en caso que muriere algún súbdito británico sin haber hecho su última disposición o testamento en el territorio de las Provincias Unidas, el Cónsul General Británico, o en su ausencia el que lo representare, tendrá el derecho de nombrar curadores que se encarguen de la propiedad del difunto, a beneficio de los legítimos herederos y acreedores, sin intervención alguna, dando noticia conveniente a las autoridades del país y recíprocamente. 

Artículo 14º 

Deseando S. M. B. ansiosamente la abolición total del comercio de esclavos, las Provincias Unidas del Río de la Plata se obligan a cooperar con S. M. B. al complemento de obra tan benéfica, y a prohibir a todas las personas residentes en las dichas Provincias Unidas, o sujetas a su jurisdicción del modo más eficaz y por las leyes más solemnes de tomar parte alguna en dicho tráfico. 

Artículo 15º 

El presente tratado será ratificado, y las ratificaciones canjeadas en Londres dentro de cuatro meses, o antes, si fuere posible.

En testimonio de lo cual los respectivos Plenipotenciarios lo han firmado y sellado con sus sellos. 

Hecho en Buenos Aires el día dos de febrero en el año de nuestro Señor mil ochocientos veinte y cinco. 

Manuel J. García (L.S.) 

Woodbine Parish (L.S.) 

martes, 20 de agosto de 2019

EL ENSAYO: Características y protocolo de elaboración


El Ensayo
El ensayo sirve para analizar aquellos aspectos y problemas que la sociedad tiene y ofrecer una reflexión sobre los mismos. Es un género muy ligado a las circunstancias de un momento histórico, y por tanto, acusa los cambios y alteraciones de cada época.
Se trata de un escrito en el que el autor presenta un tema, destinado a lectores no especializados. Puede ser muy breve, o constar de varias páginas. Cualquier tema puede ser objeto de un ensayo. El tono adoptado puede ser serio, pero también humorístico y hasta satírico. Se trata de un en el que se desarrolla el análisis de datos, hechos e informaciones objetivas tratados de un modo personal desde una perspectiva subjetiva. La combinación de objetivismo y subjetivismo es una de las características más destacadas. El ensayista expone y argumenta de un modo personal.
Se apoya básicamente en dos modos de discurso: la argumentación y la exposición. De todas formas no renuncia a otras formas expresivas como el diálogo, la descripción o la narración.
En  resumen, el ensayo es un género que...
  • Suele abordar temas humanísticos, filosóficos, sociológicos, históricos y científicos (variedad temática)
  • No tiene una estructura predeterminada (estructura libre)
  • Se expone y se valora un tema (enfoque subjetivo)
  • Breve
  • Función representativa (exposición de un tema). En el ensayo predomina una triple intención: persuasiva (se busca convencer al lector de un determinado punto de vista) ; expresiva (el punto de vista es subjetivo, fruto de una interpretación personal) y estética (en el desarrollo del tema subyace una voluntad de estilo, de ahí que se le considere un género literario).
  • Tono confidencial (el autor opta por un acercamiento al lector; huye del distanciamiento afectivo característico de los textos científicos y jurídico-administrativos).

Protocolo de presentación del ensayo
1-      Citar de manera adecuada a los autores. Si tomamos palabras textuales deben indicarse las páginas y entrecomillar dicho texto. Deberán citar a pie de página, y deberán incluir en la misma: apellido y nombre del autor, año de publicación, título del libro o título de la publicación, volumen, número, ciudad de edición y editorial.
2-      Hoja A4., margen normal, letra 12 Times New Roman (no negrita) y espaciado 1,5.
3-      Páginas numeradas
4-      Título
5-      La extensión deberá ser como mínimo de 3(tres) y como máximo 5 (cinco) páginas simple faz (no incluye Portada y Bibliografía)
6-      Entregar en folio

sábado, 1 de junio de 2019

ALGO DE LA GUERRA DEL OPIO

La guerra del Opio (1839-1842), es una muestra más de la imposición del Imperialismo Británico, siendo en este caso el objetivo fundamental introducir opio cultivado en la India y que constituía para los británicos una importante fuente de ingresos.


jueves, 16 de mayo de 2019

Capítulo XIX. BASES. ALBERDI



Capítulo XIX. BASES
Continuación del mismo asunto. Del gobierno y su forma. La unidad pura es imposible. Acabamos de ver cuáles serán los fines que haya de proponerse la Constitución. Pero no se buscan fines sin emplear los medios de obtenerlos; y para obtenerlos seria y eficazmente es menester que los medios correspondan a los fines. El primero de ellos será la creación de un gobierno general como los objetos o fines tenidas en vista, y permanente como la vida de la Constitución. La Constitución de un país supone un gobierno encargado de hacerla cumplir: ninguna constitución, ninguna ley se sostiene por su propia virtud. Así, la Constitución en sí misma no es más que la organización del gobierno considerado en los sujetos y cosas sobre que ha de recaer su acción, en la manera como ha de ser elegido, en los medios o facultades de que ha de disponer y en las limitaciones que ha de respetar. Según esto, la idea de constituir la República Argentina no significa otra cosa que la idea de crear un gobierno general permanente, dividido en los tres poderes elementales destinados a hacer, a interpretar y a aplicar la ley tanto constitucional como orgánica. Los artículos de la Constitución, decía Rossi, "son como cabezas de capitales del derecho administrativo". Toda constitución se realiza por medio de leyes orgánicas. Será necesario, pues que haya un poder legislativo permanente, encargado de darlas. Tanto esas leyes como la Constitución serán susceptibles de dudas en su aplicación. Un poder judiciario permanente y general será indispensable para la República Argentina. De las tres formas esenciales de gobierno que reconoce la ciencia, el monárquico, el aristocrático y el republicano, este último ha sido proclamado por la revolución americana como el gobierno de estos países. No hay, pues, lugar a cuestión sobre forma de gobierno. En cuanto al fondo, éste reside originariamente en la Nación, y la democracia, entre nosotros, más que una forma, es la esencia misma del gobierno. La federación o unidad, es decir, la mayor o menor centralización del gobierno general, son un accidente, un accesorio subalterno de la forma de gobierno. Este accesorio, sin embargo, ha dominado toda la cuestión constitucional de la República Argentina hasta aquí. Las cosas han hecho prevalecer el federalismo como regla del gobierno general. Pero la voz federación significa liga, unión, vínculo. Como liga, como unión, la federación puede ser más o menos estrecha. Hay grados diferentes de federación según esto. ¿Cuál será el grado conveniente a la República Argentina? Lo dirán sus antecedentes históricos y las condiciones normales de su modo de ser físico y social. Así en este punto de la Constitución, como en los anteriores y en todos los demás, la observación de los hechos y el poder de los antecedentes del país deberán ser la regla y punto de partida del Congreso constituyente. Pero, desde que se habla de Constitución y de gobierno generales, tenemos ya que la federación no será una simple alianza de Provincias independientes. Una constitución no es una alianza. Las alianzas no suponen un gobierno general, como lo supone esencialmente una constitución. Quiere decir esto que las ideas y los deseos dominantes van por buen camino. Estando a la ley de los antecedentes y al imperio de la actualidad, la República Argentina será y no podrá menos que ser un Estado federativo, una República nacional, compuesta de varias provincias, a la vez independientes y subordinadas al gobierno general creado por ellas. Gobierno federal, central o general significa igual cosa en la ciencia del publicista. Una federación concebida de ese modo tendrá la ventaja de reunir los dos principios rivales en el fondo de una fusión, que tiene su raíz en las condiciones naturales e históricas del país, y que acaba de ser proclamada y prometida a la Nación por la voz victoriosa del general Urquiza. El acuerdo de San Nicolás ha venido últimamente a sacar de dudas este punto. La idea de una unidad pura debe ser abandonada de buena fe, no por vía de concesión, sino por convencimiento. Es un hermoso ideal de gobierno; pero en la actualidad de nuestro país, imposible en la práctica. Lo que es imposible no es del dominio de la política, pertenece a la universidad, o si bello, a la poesía. El enemigo capital de la unidad para en la República Argentina no es don Juan Manuel de Rosas, sino el espacio de doscientas mil leguas cuadradas en que se deslíe, como gota de carmín en el río Paraná, el puñadito de nuestra población de un millón escaso. La distancia es origen de soberanía local, porque ella suple la fuerza. ¿Por qué es independiente el gaucho? Porque habita la pampa. ¿Por qué la Europa nos reconoce como nación, teniendo menos población que la antigua provincia de Burdeos? Porque estamos a tres mil leguas. Esta misma razón hace ser soberanas a su modo a nuestras Provincias interiores, separadas de Buenos Aires, su antigua capital, por trescientas leguas de desierto. Los unitarios de 1826 no conocían las condiciones prácticas de la unidad política; no las conocían tampoco sus predecesores de los Congresos anteriores. Como lo general de los legisladores de la América del Sur, imitando las constituciones de la Revolución francesa, sancionaron la unidad indivisible en países vastísimos y desiertos que, si bien son susceptibles de un gobierno, no lo son de un gobierno indivisible. El señor Rivadavia, jefe del partido unitario de esa época, trajo de Francia y de Inglaterra el entusiasmo y la admiración del sistema de gobierno que había visto en ejercicio con tanto éxito en esos viejos Estados. Pero ni él ni sus sectarios se daban cuenta de las condiciones a que debía su existencia el centralismo en Europa, y de los obstáculos para su aplicación en el Plata. Los motivos que ellos invocaban en favor de su admisión son precisamente los que lo hacían imposible: tales eran la grande extensión del territorio, la falta de población, de luces, de recursos. Esos motivos podían justificar su conveniencia o necesidad, pero no su posibilidad. "La seguridad interior de nuestra República—decía la Comisión redactora del proyecto de Constitución unitaria—, nunca podrá consultarse suficientemente en un país de extensión inmensa y despoblado como el nuestro, sino dando al poder del gobierno una acción fácil, rápida y fuerte, que no puede tener en la complicada y débil organización del sistema federal." Si; ¿pero cómo daríais al poder del gobierno una acción fácil, rápida y fuerte sobre poblaciones escasísimas diseminadas en la superficie de un país de extensión inconmensurable? ¿Cómo concebir la rapidez y facilidad de acción a través de territorios inexplorados, extensísimos, destituidos de población, o de caminos y de recursos? No tenemos luces ni riquezas en los pueblos para ser federales, decían. ¿Pero creéis que la unidad sea el gobierno de los ignorantes y de los pobres? ¿Será la pobreza la que ha originado la consolidación de los tres reinos de la Gran Bretaña en un solo gobierno nacional? ¿Será la ignorancia de Marsella, de Lyon, de Dijon, de Burdeos, de Rouen, etc., el origen de la unidad francesa? No, ciertamente. Lo cierto es que la Francia es unitaria por la misma razón que hace existir a la Unión de Norteamérica: por la riqueza, por la población, la practicabilidad del territorio y la cultura de sus habitantes, que son la base de todo gobierno general. Nosotros somos incapaces de federación y de unidad perfectas, porque somos pobres, incultos y pocos. Para todos los sistemas tenemos obstáculos, y para el republicano representativo tanto como para otro cualquiera. Sin embargo estamos arrojados en él, y no conocemos otro más aplicable, a pesar de nuestras desventajas. La democracia misma se aviene mal con nuestros medios, y sin embargo estamos en ella y somos incapaces de vivir sin ella. Pues esto mismo sucederá con nuestro federalismo o sistema general de gobierno; será incompleto pero inevitable a la vez. Por otra parte, ¿la unidad pura es acaso hija del pacto? ¿Qué es la unidad o consolidación del gobierno? Es la desaparición, es la absorción de todos los gobiernos locales en un solo gobierno nacional. Pero ¿qué gobierno consiente en desaparecer? El sable, la conquista, son los que lo suprimen. Así se formó la consolidación del Reino Unido de la Gran Bretaña; y la espada ha agregado una por una las provincias que hoy, después de ocho siglos de esfuerzos, compone n la unidad de la República francesa, más digna de reforma que de imitación en ese punto, según Thierry y Armando Carrel. Nuestra unidad misma, bajo el antiguo régimen, la unidad del virreinato de la Plata, ¿cómo se formó?, ¿por el voto libre de los pueblos? No, ciertamente; por la obra de los conquistadores y del poder realista y central del que dependían. ¿Sería éste el medio de formar nuestra unidad? No, porque sería injusto, ineficaz y superfluo, desde que hay otro medio posible de organización. Si el poder local no se abdica hasta desaparecer, se delega al menos en parte como medio de existir fuerte y mejor. Este será el medio posible de componer un gobierno general, sin que desaparezcan los gobiernos locales. La unidad no es el punto de partida, es el punto final de los gobiernos; la historia lo dice, y la razón lo demuestra. "Por el contrario, toda confederación—decía Rossi—es un estado intermediario entre la independencia absoluta de muchas individualidades políticas y su completa fusión en una sola y misma soberanía. " Por ese intermedio será necesario pasar para llegar a la unidad patria. Los unitarios no han representado un mal principio, sino un principio, impracticable en el país, en la época y en la medida que ellos deseaban. De todos modos ellos servían a una tendencia, a un elemento que será esencial en la organización de la República. "Los paros teóricos, como hombres de Estado, no tienen más defecto que el ser precoces -ha dicho un escritor de genio-:falta honorable que es privilegio de las altas inteligencias."

Capítulo XV. BASES DE ALBERDI



XV
De la inmigración como medio de progreso y de cultura para la América del Sur. Medios de fomentar la inmigración. Tratados extranjeros. La inmigración espontánea y no la artificial. Tolerancia religiosa. Ferrocarriles. Franquicias. Libre navegación fluvial. ¿Cómo, en qué forma vendrá en lo futuro el espíritu vivificante de la civilización europea a nuestro suelo? Como vino en todas épocas: Europa nos traerá su espíritu nuevo, sus hábitos de industria, sus prácticas de civilización, en las inmigraciones que nos envíe. Cada europeo que viene a nuestras playas nos trae más civilizaciones en sus hábitos, que luego comunica a nuestros habitantes, que muchos libros de filosofía. Se comprende mal la perfección que no se ve, toca ni palpa. Un hombre laborioso es el catecismo más edificante. ¿Queremos plantar y aclimatar en América la libertad inglesa, la cultura francesa, la laboriosidad del hombre de Europa y de los Estados Unidos? Traigamos pedazos vivos de ellas en las costumbres de sus habitantes y radiquémoslas aquí. ¿Queremos que los hábitos de orden, de disciplina y de industria prevalezcan en nuestra América? Llenémosla de gente que posea hondamente esos hábitos. Ellos son comunicativos; al lado del industrial europeo pronto se forma el industrial americano. La planta de la civilización no se propaga de semilla. Es como la viña, prende de gajo. Este es el medio único de que América, hoy desierta, llegue a ser un mundo opulento en poco tiempo. La reproducción por sí sola es medio lentísimo. Si queremos ver agrandados nuestros Estados en corto tiempo, traigamos de fuera sus elementos ya formados y preparados. Sin grandes poblaciones no hay desarrollo de cultura, no hay progreso considerable; todo es mezquino y pequeño. Naciones de medio millón de habitantes, pueden serlo por su territorio; por su población serán provincias, aldeas; y todas sus cosas llevarán siempre el sello mezquino de provincia. Aviso importante a los hombres de Estado sudamericanos: las escuelas primarias, los liceos, las universidades, son, por sí solos, pobrísimos medios de adelanto sin las grandes empresas de producción, hijas de las grandes porciones de hombres. La población—necesidad sudamericana que representa todas las demás—es la medida exacta de la capacidad de nuestros gobiernos. El ministro de Estado que no duplica el censo de estos pueblos cada diez años, ha perdido su tiempo en bagatelas y nimiedades. Haced pasar el roto, el gaucho, el cholo, unidad elemental de nuestras masas populares, por todas las transformaciones del mejor sistema de instrucción; en cien años no haréis de él un obrero inglés, que trabaja, consume, vive digna y confortablemente. Poned el millón de habitantes, que forma la población media de estas Repúblicas, en el mejor pie de educación posible, tan instruido como el cantón de Ginebra en Suiza, como la más culta provincia de Francia: ¿tendréis con eso un grande y floreciente Estado? Ciertamente que no: un millón de hombres en territorio cómodo para 50 millones, ¿es otra cosa que una miserable población? Se hace este argumento: educando nuestras masas, tendremos orden; teniendo orden vendrá la población de fuera. Os diré que invertís el verdadero método de progreso. No tendréis orden ni educación popular, sino por el influjo de masas introducidas con hábitos arraigados de ese orden y buena educación. Multiplicad la población seria, y veréis a los vanos agitadores, desairados y solos, con sus planes de revueltas frívolas, en medio de un mundo absorbido por ocupaciones graves. ¿Cómo conseguir todo esto? Más fácilmente que gastando millones en tentativas mezquinas de mejoras interminables. Tratados extranjeros. Firmad tratados con el extranjero en que deis garantías de que sus derechos naturales de propiedad, de libertad civil, de seguridad, de adquisición y de tránsito, les serán respetados. Esos tratados serán la más bella parte de la Constitución; la parte exterior, que es llave del progreso de estos países, llamados a recibir su acrecentamiento de fuera. Para que esa rama del derecho público sea inviolable y duradera, firmad tratados por término indefinido o prolongadísimo. No temáis encadenaros al orden y a la cultura. Temer que los tratados sean perpetuos es temer que se perpetúen las garantías individuales en nuestro suelo. El tratado argentino con la Gran Bretaña ha impedido que Rosas hiciera de Buenos Aires otro Paraguay. No temáis enajenar el porvenir remoto de nuestra industria a la civilización, si hay riesgo de que la arrebaten la barbarie o la tiranía interiores. El temor a los tratados es resabio de la primera época guerrera de nuestra revolución: es un principio viejo y pasado de tiempo, o una imitación indiscreta y mal traída de la política exterior que Washington aconsejaba a los Estados Unidos en circunstancias y por motivos del todo diferentes de los que nos cercan. Los tratados de amistad y comercio son el medio honorable de colocar la civilización sudamericana bajo el protectorado de la civilización del mundo. ¿Queréis, en efecto, que nuestras constituciones y todas las garantías de industria, de propiedad y libertad civil, consagradas por ellas, vivan inviolables bajo el protectorado del cañón de todos los pueblos, sin mengua de nuestra nacionalidad? Consignad los derechos y garantías civiles, que ellas otorgan a sus habitantes, en tratados de amistad, de comercio y de navegación con el extranjero. Manteniendo, haciendo él mantener los tratados, no hará sino mantener nuestra Constitución. Cuantas más garantías deis al extranjero, mayores derechos asegurados tendréis en vuestro país. Tratad con todas las naciones, no con algunas, conceded a todas las mismas garantías, para que ninguna pueda subyugaros, y para que las unas sirvan de obstáculo contra las aspiraciones de las otras. Si Francia hubiera tenido en el Plata un tratado igual al de Inglaterra, no habría existido la emulación oculta bajo el manto de una alianza, que por diez años ha mantenido el malestar de las cosas del Plata, obrando a medias y siempre con la segunda mira de conservar ventajas exclusivas y parciales. Plan de inmigración. La inmigración espontánea es la verdadera y grande inmigración. Nuestros gobiernos deben proveerla, no haciéndose ellos empresarios no por mezquinas concesiones de terreno habitables por osos, en contratos falaces y usurarios, más dañinos a la población que al poblador, no por puñaditos de hombres, por arreglillos propios para hacer el negocio de algún especulador influyente; eso es la mentira, la farsa de la inmigración fecunda; sino por el sistema grande, largo y desinteresado, que ha hecho nacer a California en cuatro años por la libertad prodigada, por franquicias que hagan olvidar su condición al extranjero, persuadiéndolo de que habita su patria; facilitando, sin medida ni regla, todas las miras legitimas, todas las tendencias útiles. Los Estados Unidos son un pueblo tan adelantado porque se componen y se han compuesto incesantemente de elementos europeos. En todas épocas han recibido una inmigración abundantísima de Europa. Se engañan los que creen que ella sólo data desde la época de la Independencia. Los legisladores de los Estados propendían a eso muy sabiamente; y uno de los motivos de su rompimiento perpetuo con la metrópoli fue la barrera o dificultad que Inglaterra quiso poner a esta inmigración que insensiblemente convertía en colosos sus colonias. Ese motivo está invocado en el acta misma de la declaración de la independencia de los Estados Unidos. Véase según eso, si la acumulación de extranjeros impidió a los Estados Unidos conquistar su independencia y crear una nacionalidad grande y poderosa. Tolerancia religiosa. Si queréis pobladores morales y religiosos, no fomentéis el ateísmo. Si queréis familias que formen las costumbres privadas, respetad su altar a cada creencia. La América española, reducida al catolicismo con exclusión de otro culto, representa un solitario y silencioso convento de monjes. El dilema es fatal: o católica exclusivamente y despoblada; o poblada y próspera, y tolerante en materia de religión. Llamar la raza anglosajona y las poblaciones de Alemania, de Suecia y de Suiza, y negarles el ejercicio de su culto, es lo mismo que no llamarlas, sino por ceremonia, por hipocresía de liberalismo. Esto es verdadero a la letra: excluir los cultos disidentes de la América del Sur, es excluir a los ingleses, a los alemanes, a los suizos, a los norteamericanos, que no son católicos; es decir, a los pobladores de que más necesita este continente. Traerlos sin su culto es traerlos sin el agente que los hace ser lo que son; a que vivan sin religión, a que se hagan ateos. Hay pretensiones que carecen de sentido común, y es una de ellas querer población, familias, costumbres y al mismo tiempo rodear de obstáculos el matrimonio del poblador disidente: es pretender aliar la moral y la prostitución. Si no podéis destruir la afinidad invencible de los sexos, ¿qué hacéis con arrebatar la legitimidad a las uniones naturales? Multiplicar las concubinas en vez de las esposas; destinar a nuestras mujeres americanas a ser escarnio de los extranjeros; hacer que los americanos nazcan manchados; llenar toda nuestra América de guachos, de prostitutas, de enfermedades, de impiedad, en una palabra. Eso no se puede pretender en nombre del catolicismo sin insulto a la magnificencia de esta noble Iglesia, tan capaz de asociarse a todos los progresos humanos. Querer el fomento de la moral en los usos de la vida y perseguir iglesias que enseñan la doctrina de Jesucristo, ¿es cosa que tenga sentido recto? Sosteniendo esta doctrina no hago otra cosa que el elogio de una ley de mi país que ha recibido la sanción de la experiencia. Desde octubre de 1825 existe en Buenos Aires la libertad de cultos, pero es preciso que esa concesión provincial se extienda a toda la República Argentina por su Constitución, como medio de extender al interior el establecimiento de la Europa inmigrante. Ya lo está por el tratado con Inglaterra, y ninguna constitución local, interior, debe ser excepción o derogación del compromiso nacional contenido en el tratado de 2 de febrero de 1825. España era sabia en emplear por táctica el exclusivismo católico, como medio de monopolizar el poder de estos países, y como medio de civilizar las razas indígenas. Por eso el Código de Indias empezaba asegurando la fe católica de las colonias. Pero nuestras constituciones modernas no deben copiar en eso la legislación de Indias, porque es restablecer el antiguo régimen de monopolio en beneficio de nuestros primeros pobladores católicos, y perjudicar las miras amplias y generosas del nuevo régimen americano. Inmigración mediterránea. Hasta aquí la inmigración europea ha quedado en los pueblos de la costa, y de ahí la superioridad del litoral de América, en cultura, sobre los pueblos de tierra adentro. Bajo el gobierno independiente ha continuado el sistema de la legislación de Indias que excluía del interior al extranjero bajo las más rígidas penas. El título 27 de la Recopilación Indiana contiene 38 leyes destinadas a cerrar herméticamente el interior de la América del Sur al extranjero no peninsular. La más suave de ellas era la ley 7a, que imponía la pena de muerte al que trataba con extranjeros. La ley 9a mandaba limpiarla tierra de extranjeros, en obsequio del mantenimiento de la fe católica. ¿Quién no ve que la obra secular de esa legislación se mantiene hasta hoy latente en las entrañas del nuevo régimen? ¿Cuál otro es el origen de las resistencias que hasta hoy mismo halla el extranjero en el interior de nuestros países de Sudamérica? Al nuevo régimen le toca invertir el sistema colonial, y sacar al interior de su antigua clausura, desbaratando por una legislación contraria y reaccionaria de la de Indias el espíritu de reserva y de exclusión que había formado ésta en nuestras costumbres. Pero el medio más eficaz de elevar la capacidad y cultura de nuestros pueblos de situación mediterránea a la altura y capacidad de las ciudades marítimas es aproximarlos a la costa, por decirlo así, mediante un sistema de vías de transporte grande y liberal, que los ponga al alcance de la acción civilizante de Europa. Los grandes medios de introducir Europa en los países interiores de nuestro continente, en escala y proporciones bastante poderosas para obrar un cambio portentoso en pocos años, son el ferrocarril, la libre navegación interior y la libertad comercial. Europa viene a estas lejanas regiones en alas del comercio y de la industria, y busca la riqueza en nuestro continente. La riqueza, como la población, como la cultura, es imposible donde los medios de comunicación son difíciles, pequeños y costosos. Ella viene a América al favor de la facilidad que ofrece el océano. Prolongad el Océano hasta el interior de este continente por el vapor terrestre y fluvial, y tendréis el interior tan lleno de inmigrantes europeos como el litoral. Ferrocarriles. El ferrocarril es el medio de dar vuelta al derecho lo que la España colonizadora colocó al revés en este continente. Ella colocó las cabezas de nuestros Estados donde deben estar los pies. Para sus miras de aislamiento y monopolio, fue sabio ese sistema; para las nuestras de expansión y libertad comercial, es funesto. Es preciso traer las capitales a las costas, o bien llevar el litoral al interior del continente. El ferrocarril y el telégrafo eléctrico, que son la supresión del espacio, obran este portento mejor que todos los potentados de la tierra. El ferrocarril innova, reforma y cambia las cosas más difíciles, sin decretos ni asonadas. El hará la unidad de la República Argentina mejor que todos los congresos. Los congresos podrán declarar una e indivisible; sin el camino de fierro que acerque sus extremos remotos, quedará siempre divisible y dividida contra todos los decretos legislativos. Sin el ferrocarril no tendréis unidad política en países donde la distancia hace imposible la acción del poder central. ¿Queréis que el gobierno, que los legisladores, que los tribunales de la capital litoral, legislen y juzguen los asuntos de las provincias de San Juan y Mendoza, por ejemplo? Traed el litoral hasta esos parajes por el ferrocarril, o viceversa; colocad esos extremos a tres días de distancia, por lo menos. Pero tener la metrópoli o capital a 20 días es poco menos que tenerla en España, como cuando regia el sistema antiguo, que destruimos por ese absurdo especialmente. Así, pues, la unidad política debe empezar por la unidad territorial, y sólo el ferrocarril puede hacer de dos parajes separados por quinientas leguas un paraje único. Tampoco podréis llevar hasta el interior de nuestros países la acción de Europa por medio de sus inmigraciones, que hoy regeneran nuestras costas, sino por vehículos tan poderosos como los ferrocarriles. Ellos son o serán a la vida local de nuestros territorios interiores lo que las grandes arterias a los extremos inferioresdel cuerpo humano, manantiales de vida. Los españoles lo conocieron así, y en el último tiempo de su reinado en América se ocuparon seriamente en la construcción de un camino carril interoceánico al través de los Andes y del desierto argentino. Era eso un poco más audaz que el canal de los Andes, en que pensó Rivadavia, penetrado de la misma necesidad. ¿Por qué llamaríamos utopía la creación de una vía que preocupó al mismo Gobierno español de otra época, tan positivo y parsimonioso en sus grandes trabajos de mejoramiento? El virrey Sobremonte, en 1804, restableció el antiguo proyecto español de canalizar el río Tercero, para acercar los Andes al Plata; y en 1813, bajo el Gobierno patrio, surgió la misma idea. Con el título modesto de la navegación del río Tercero, escribió entonces el coronel don Pedro Andrés García un libro que daría envidia a Mr. Miguel Chevalier, sobre vías de comunicación como medios de gobierno, de comercio y de industria. Para tener ferrocarriles, abundan medios en estos países. Negociad empréstitos en el extranjero, empeñad vuestras rentas y bienes nacionales para empresas que los harán prosperar y multiplicarse. Seria pueril esperar a que las rentas ordinarias alcancen para gastos semejantes; invertid esa orden, empezad por los gastos, y tendréis rentas. Si hubiésemos esperado a tener rentas capaces de costear los gastos de la guerra de la independencia contra España, hoy seríamos colonos. Con empréstitos tuvimos cañones, fusiles, buques y soldados, y conseguimos hacernos independientes. Lo que hicimos para salir de la esclavitud, debe mas hacer para salir del atraso, que es igual a la servidumbre: la gloria no debe tener más títulos que la civilización. Pero no obtendréis préstamos si no tenéis crédito nacional, es decir, un crédito fundado en las seguridades y responsabilidades unidas de todos los pueblos del Estado. Con créditos de cabildos o provincias, no haréis caminos de hierro, ni nada grande. Uníos en cuerpo de nación, consolidad la responsabilidad de vuestras rentas y caudales presentes y futuros, y tendréis quien os preste millones para atender a vuestras necesidades locales y generales; porque si no tenéis plata hoy, tenéis los medios de ser opulentos mañana. Dispersos y reñidos, no esperéis sino pobreza y menosprecio. Franquicias, privilegios. Proteged al mismo tiempo empresas particulares para la construcción de ferrocarriles. Colmadlas de ventajas, de privilegios, de todo el favor imaginable, sin deteneros en medios. Preferid este expediente a cualquier otro. En Lima se ha dado todo un convento y 99 años de privilegio al primer ferrocarril entre la capital y el litoral: la mitad de todos los conventos allí existentes habría sido bien dada, siendo necesario. Los caminos de fierro son en este siglo lo que los conventos eran en la Edad Media: cada época tiene sus agentes de cultura. El pueblo de la Caldera se ha improvisado alrededor de un ferrocarril, como en otra época se formaba alrededor de una iglesia; el interés es el mismo: aproximar al hombre de su Creador por la perfección de su naturaleza; ¿Son insuficientes nuestros capitales para esas empresas? Entregadlos entonces a capitales extranjeros. Dejad que los tesoros de fuera como los hombres se domicilien en nuestro suelo. Rodead de inmunidad y de privilegios el tesoro extranjero, para que se naturalice entre nosotros. Esta América necesita de capitales tanto como de población. El inmigrante sin dinero es un soldado sin armas. Haced que inmigren los pesos en estos países de riqueza futura y pobreza actual. Pero el peso es un inmigrado que exige muchas concesiones y privilegios. Dádselos, porque el capital es el brazo izquierdo del progreso de estos países. Es el secreto de que se valieron los Estados Unidos y Holanda para dar impulso mágico a su industria y comercio. Las Leyes de Indias para civilizar este continente, como en la Edad Media por la propaganda religiosa, colmaban de privilegios a los conventos, como medio de fomentar el establecimiento de estas guardias avanzadas de la civilización de aquella época. Otro tanto deben hacer nuestras leyes actuales, para dar pábulo al desarrollo industrial y comercial, prodigando el favor a las empresas industriales que levanten su bandera atrevida en los desiertos de nuestro continente. El privilegio a la industria heroica es el aliciente mágico para atraer riquezas de fuera. Por eso los Estados Unidos asignaron al Congreso general, entre sus grandes atribuciones, la de fomentar la prosperidad de la Confederación por la concesión de privilegios a los autores e inventores; y aquella tierra de libertad se ha fecundado, entre otros medios, por privilegios dados por la libertad al heroísmo de empresa, al talento de mejoras. Navegación interior. Los grandes ríos, esos caminos que andan, como decía Pascal, son otro medio de internar la acción civilizadora de Europa por la imaginación de sus habitantes en lo interior de nuestro continente. Pero los ríos que no se navegan son como si no existieran. Hacerlos del dominio exclusivo de nuestras banderas indigentes y pobres es como tenerlos sin navegación. Para que ellos cumplan el destino que han recibido de Dios, poblando el interior del continente, es necesario entregarlos a la ley de los mares, es decir, a la libertad absoluta. Dios no los ha hecho grandes como mares mediterráneos para que sólo se naveguen por una familia. Proclamad la libertad de sus aguas. Y para que sea permanente, para que la mano inestable de nuestros gobiernos no derogue hoy lo que acordó ayer, firmad tratados perpetuos de libre navegación. Para escribir esos tratados, no leáis a Wattel ni a Martens, no recordéis el Elba y el Mississippi. Leed en el libro de las necesidades de Sudamérica, y lo que ellas dicten, escribidlo con el brazo de Enrique VIII, sin temer la risa ni la reprobación de la incapacidad. La América del Sur está en situación tan critica y excepcional que sólo por medios no conocidos podrá escapar de ella con buen éxito. La suerte de Méjico es un aviso de lo que traerá el sistema de vacilación y reserva. Que la luz del mundo penetre en todos los ámbitos de nuestras Repúblicas. ¿Con qué derecho mantener en perpetua brutalidad lo más hermoso de nuestras regiones? Demos a la civilización de la Europa actual lo que le negaron nuestros antiguos amos. Para ejercer el monopolio, que era la esencia de su sistema, sólo dieron una puerta a la República Argentina; y nosotros hemos conservado en nombre del patriotismo el exclusivismo del sistema colonial. No más exclusión ni clausura, sea cual fuere el color que se invoque. No más exclusivismo en nombre de la patria. Nuevos destinos de la América mediterránea. Que cada caleta sea un puerto; cada afluente navegable reciba los reflejos civilizadores de la bandera de Albión; que en las márgenes del Bermejo y del Pilcomayo brillen confundidas las mismas banderas de todas partes, que alegran las aguas del Támesis, ría de Inglaterra y del universo. ¡Y las aduanas!, grita la rutina. ¡Aberración! ¿Queréis embrutecer en nombre del fisco? ¿Pero hay nada menos fiscal que el atraso y la pobreza? Los Estados no se han hecho para las aduanas, sino éstas para los Estados. ¿Teméis que a fuerza de población y de riqueza falten recursos para costear las autoridades, que son indispensables para hacer respetar esas riquezas? ¡Economía idiota, que teme la sed entre los raudales dulces del río del Paraná! ¿Y no recordáis que el comercio libre con Inglaterra desde el tiempo del gobierno colonial tuvo un origen rentístico o fiscal en el Río de la Plata, es decir, que se creó la libertad para tener rentas? Si queréis que el comercio pueble nuestros desiertos, no matéis el tráfico con las aduanas interiores. Si una sola aduana está de más, ¿qué diremos de catorce aduanas? La aduana es la prohibición; es un impuesto que debiera borrarse de las rentas sudamericanas. Es un impuesto que gravita sobre la civilización y el progreso de estos países, cuyos elementos vienen de fuera. Se debiera ensayar su supresión absoluta por 20 años, y acudir al empréstito para llenar el déficit. Eso seria gastar, en la libertad, que fecunda, un poco de lo que hemos gastado en la guerra, que esteriliza. No temáis tampoco que la nacionalidad se comprometa por la acumulación de extranjeros, ni que desaparezca el tipo nacional. Ese temor es estrecho y preocupado. Mucha sangre extranjera ha corrido en defensa de la independencia americana. Montevideo, defendido por extranjeros, ha merecido el nombre de Nueva Troya. Valparaíso, compuesto de extranjeros, es el lujo de la nacionalidad chilena. El pueblo inglés ha sido el pueblo más conquistado de cuantos existen; todas las naciones han pisado su suelo y mezclado a él su sangre y su raza. Es producto de un cruzamiento infinito de castas; y por eso justamente el inglés es el más perfecto de los hombres, y su nacionalidad tan pronunciada que hace creer al vulgo que su raza es sin mezcla No temáis, pues, la confusión de razas y de lenguas. De la Babel, del caos saldrá algún día brillante y nítida la nacionalidad sudamericana. El suelo prohija a los hombres, los arrastra, los asimila y hace suyos. El emigrado es como el colono; deja la madre patria por la patria de su adopción. Hace dos mil años que se dijo esta palabra que forma la divisa de este siglo: Ubi bene, ibi patria. Y ante los reclamos europeos por inobservancia de los tratados que firméis, no corráis a la espada ni gritéis: ¡Conquista! No va bien tanta susceptibilidad a pueblos nuevos, que para prosperar necesitan de todo el mundo. Cada edad tiene su honor peculiar. Comprendamos el que nos corresponde. Mirémonos mucho antes de desnudar la espada: no porque seamos débiles, sino porque nuestra inexperiencia y desorden normales nos dan la presunción de culpabilidad ante el mundo en nuestros conflictos externos; y sobre todo porque la paz nos vale el doble que la gloria. La victoria nos dará laureles; pero el laurel es planta estéril para América. Vale más la espiga de la paz, que es de oro, no en la lengua del poeta, sino en la lengua del economista. Ha pasado la época de los héroes; entramos hoy en la edad del buen sentido. El tipo de la grandeza americana no es Napoleón, es Washington; y Washington no representa triunfos militares, sino prosperidad, engrandecimiento, organización y paz. Es el héroe del orden en la libertad por excelencia. Por sólo sus triunfos guerreros hoy estaría Washington sepultado en el olvido de su país y del mundo. La América española tiene generales infinitos que representan hechos de armas más brillantes y numerosos que los del general Washington. Su título a la inmortalidad reside en la constitución admirable que ha hecho de su país el modelo del universo, y que Washington selló con su nombre. Rosas tuvo en su mano cómo hacer eso en la República Argentina, y su mayor crimen es haber malogrado esa oportunidad. Reducir en dos horas una gran masa de hombres a su octava parte por la acción del cañón: he ahí el heroísmo antiguo y pasado. Por el contrario, multiplicar en pocos días una población pequeña es el heroísmo del estadista moderno: la grandeza de creación, en lugar de la grandeza salvaje de exterminio. El censo de la población es la regla de la capacidad de los ministros americanos. Desde la mitad del siglo XVI la América interior y mediterránea ha sido un sagrario impenetrable para la Europa no peninsular. Han llegado los tiempos de su franquicia absoluta y general. En trescientos años no ha ocurrido período más solemne para el mundo de Colón. La Europa del momento no viene a tirar cañonazos a esclavos. Aspira sólo a quemar carbón de piedra en lo alto de los ríos, que hoy sólo corren para los peces. Abrid sus puertas de par en par a la entrada majestuosa del mundo, sin discutir si es por concesión o por derecho; y para prevenir cuestiones, abridlas antes de discutir. Cuando la campana del vapor haya resonado delante de la virginal y solitaria Asunción, la sombra de Suárez quedará atónita a la presencia de los nuevos misioneros, que visan empresas desconocidas a los jesuitas del siglo XVIII. Las aves, poseedoras hoy de los encantados bosques, darán un vuelo de espanto; y el salvaje del Chaco, apoyado en el arco de su flecha, contemplará con tristeza el curso de la formidable máquina que lo íntima el abandono de aquellas márgenes. Resto infeliz de la criatura primitiva: decid adiós al dominio de vuestros pasados. La razón despliega hoy sus banderas sagradas en el país que no protegerá ya con asilo inmerecido la bestialidad de la más noble de las razas. Sobre las márgenes pintorescas del Bermejo levantará algún día la gratitud nacional un monumento en que se lea: Al Congreso de 1852, libertador de estas aguas, la posteridad reconocida.

LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

La reforma constitucional de 1994, en su artículo 75, inciso 17, "reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas ...